Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

En este apartado intentamos dar respuesta a las dudas y preguntas frecuentes que suelen tener nuestros clientes, a la hora de comenzar un proyecto con nosotros.

¿Qué es el Registro de Empresas Acreditadas?

Es un registro en el que deben inscribirse todas aquellas empresas que deseen intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción.
Esta inscripción supone la forma de acreditar el cumplimiento de los requisitos de calidad y solvencia –a excepción de la obligación de disponer de un porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos- que impone la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto

¿Qué se acredita a través de la inscripción en el REA?

Se acredita el cumplimiento de los requisitos de solvencia y calidad a que obliga el artículo 4, apartados 1 y 2a) de la Ley de Subcontratación en el Sector de la Construcción (LSC), esto es:
Disponer de infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad, y ejercer directamente la dirección de los trabajos, asumiendo los riesgos, obligaciones y responsabilidades inherentes a la actividad empresarial.
Acreditar que su personal cuenta con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales.
Acreditar que disponen de una organización preventiva adecuada.
Como se observa, ninguna de estas obligaciones es nueva. La novedad consiste en que debe acreditarse su cumplimiento a la empresa contratante y a la Autoridad laboral, a través de la inscripción en el REA (sin perjuicio de su obligación de justificarlo en cualquier momento, cuando sea requerida para ello por la autoridad laboral) y en que el incumplimiento de este deber de acreditación lleva aparejado nuevas responsabilidades

¿Quién está obligado a inscribirse?

Todas las empresas y los trabajadores autónomos con asalariados, que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra de construcción deberán estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas.

En el caso de ocurrir algún problema ¿Se dispone de algún seguro?

Tanto el personal de Netinser como cualquiera de nuestras subcontratas, disponemos de todos los seguros tanto personales como profesionales necesarios, relacionados con la actividad. Seguro de accidentes, seguro de responsabilidad civil y daños a terceros, etc.

¿Está el personal de Netinser formado y cualificado?

El personal de Netinser y nuestras subcontratas, cuentan con la cualificación de personal para la obra y con la formación necesaria para el buen funcionamiento de las normativas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

¿Cómo puedo pagar mi reforma?

En Netinser estudiamos cada caso, con el fin de llegar al mejor acuerdo en el pago de tu reforma, incluso gestionando la financiación de la misma.

¿Qué tengo que hacer para tramitar la licencia de obra?

En Netinser nos encargamos de gestionar toda la documentación necesaria; tramitación de licencias municipales, contrataciones de suministros, etc.

¿Cuánto va a durar la obra?

Antes de iniciar los trabajos, nos reunimos con el cliente y elaboramos un planing de trabajo, con las fechas lógicas de duración de los mismos, pactadas entre ambas partes.

Me da miedo que la factura final sea más elevada que el presupuesto.

En los precios del presupuesto, se incluye el suministro de materiales, mano de obra, medios auxiliares, replanteo, hasta llegar a la totalidad de la ejecución de la obra de acuerdo con el mismo, quedando la obra terminada.
En el supuesto que durante el transcurso de la obra, se añadieran por parte de la propiedad partidas nuevas, se procede a presupuestarlas y a contar con el visto bueno de la propiedad, antes de su ejecución.
Por otra parte, si no se ejecuta alguna de las partidas presupuestadas, se facturarán exclusivamente los trabajos o partidas realizadas.

Si tienes una idea,
déjanos tus datos y te llamaremos

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